Madrid, 8 oct (Fernando Labrador y Sergio Hernández I EFE).- El expresidente de la Generalitat catalana Quim Torra ha pedido al Gobierno una ley de amnistía para solucionar la situación de los «2.850 represaliados» que, a su juicio, hay en Cataluña.
Esa cifra coincide con un cálculo hecho por Òmnium Cultural e incluye a afectados por las actuaciones policiales y judiciales derivadas del «procés» (condenados, detenidos, heridos y huidos).
No obstante, las cifras del recuento de supuestos damnificados durante las protestas varían según las fuentes.
Además, juristas consultados por EFE descartan que se pueda utilizar el término «represaliado» en un Estado de derecho como el español, aunque algunos admiten que pueden haberse producido «violaciones de derechos humanos» en casos puntuales.
¿De dónde sale la cifra de 2.850?
Torra habló de «2.850 represaliados» tras visitar el pasado 29 de septiembre en la cárcel de Lledoners a los políticos condenados por el Tribunal Supremo (TS). Hacía suya así la cifra difundida por Òmnium en la Diada, cuando organizó un acto simbólico con el mismo número de sillas vacías en el paseo Lluís Companys de Barcelona para pedir la amnistía para esos «represaliados» del «procés«.
La asociación ya había denunciado en ocasiones anteriores la existencia de más de 2.500 represaliados en Cataluña desde el 1 de octubre de 2017, cuando se celebró el referéndum ilegal de independencia, como afirmaba en un vídeo publicado en Twitter el 17 de diciembre de 2019.
🎥 Si ens remuntem a la tardor del 2017 i mirem tot el que ha passat fins ara, podem constatar amb dades i fets les actuacions de l’Estat espanyol en contra de drets fonamentals.
Aquest és el mapa de la repressió: pic.twitter.com/XVYcegIFVi
— Òmnium Cultural (@omnium) December 17, 2019
Los cálculos proceden de datos recopilados por la Oficina de Derechos Civiles y Políticos de la Generalitat, la Asociación de Municipios por la Independencia, Alerta Solidària y el portal de internet Media.cat, precisan a EFE desde Òmnium.
También se han basado en los informes del Síndic de Greuges -el defensor del pueblo catalán-, el Sistema de Registro y Comunicación para la protección de víctimas de Violencia Institucional (Sirecovi) y colectivos de abogados.
Òmnium explica que esa cifra de 2.850 es un mínimo que da por seguro, ya que hay personas que pueden salir varias veces en las estadísticas por haber resultado heridas y posteriormente investigadas.
Precisa, asimismo, que se trata de una cifra que sigue creciendo, por ejemplo, con los detenidos durante el tercer aniversario del 1-O celebrado este mes.
Condenados, detenidos y heridos
El cálculo de Òmnium sobre los «represaliados» incluye a los 12 condenados por el Supremo en el juicio por el «procés«, a los nueve «exiliados» y 1.083 heridos entre el 1 y el 4 de octubre de 2017.
Asimismo, contabilizan 313 heridos y 241 detenidos durante las protestas de octubre de 2019 por la sentencia del TS y otros 64 heridos durante la manifestación convocada por Tsunami Democràtic durante el Barça-Madrid del 18 de diciembre de ese año.
La cifra incluye, además, a 70 periodistas heridos, 29 investigados por el Tribunal de Cuentas y 18 por su participación en portales de internet cerrados.
Entre los investigados también citan a 700 alcaldes, 18 docentes y 15 bomberos.
En la lista aparecen asimismo 387 participantes en protestas como cortes de carreteras y vías del AVE y convocatorias de huelga en los últimos meses.
Uno de los últimos «represaliados» sería el propio Quim Torra, tras la confirmación por parte del Supremo de su inhabilitación para ejercer cargos públicos durante un año y medio, que le ha obligado a abandonar la Presidencia de la Generalitat.
Cifras cambiantes de heridos
Òmnium utiliza una gran disparidad de fuentes para recopilar las cifras, que en algunos casos presentan incongruencias con el resultado final.
El 2 de octubre de 2017, el Departamento de Salud de la Generalitat estimaba que el número de heridos por actuaciones policiales durante la celebración del referéndum ilegal era de 893.
Un año después, la Generalitat elevaba los heridos a 1.066 -991 el mismo día del referéndum y 75 entre el 2 y el 4 de octubre- en un documento citado en el balance de la Oficina de Derechos Civiles y Políticos, una de las fuentes de referencia de Òmnium.
Sin embargo, la Oficina aumenta a 1.083 el número de personas atendidas entre el 1 y el 4 de octubre de 2017, sin aclarar de dónde procede el incremento. Esa cifra final es la que cita Òmnium.
Fuentes de la Oficina consultadas por EFE responden que las 1.066 asistencias en ambulancia y hospital (el balance publicado por la Generalitat) «son del mismo día 1-O«. Y «tres días después, se verifica el número y la cifra de 1.083 personas atendidas entre el 1 y el 4 de octubre de 2017» por hechos vinculados a la jornada del 1-O, «según los datos de la red sanitaria«.
Tampoco concuerdan las cifras relativas a las protestas por la sentencia del Supremo.
El informe del Síndic de Greuges de 2019 expone que, según el Servicio Catalán de Salud, durante las manifestaciones del 13 al 27 de octubre fueron 593 personas las que requirieron asistencia médica, de los que 226 eran agentes de los cuerpos policiales.
En cambio, fuentes policiales informaron a EFE en su momento de que, entre los casi 600 heridos, había 289 agentes (154 mossos d’esquadra, 134 policías nacionales y un guardia urbano). Este último cálculo (311 heridos civiles) estaría más cerca de los 313 heridos en las protestas que denuncia Òmnium que la cifra del Síndic.
Los Mossos coordinaron la actuación policial
También presentan diferencias los balances de detenidos durante las protestas, que se prolongaron del 14 al 27 de octubre de 2019.
Según el Síndic, fueron «en torno a un centenar de personas, a 27 de las cuales se impuso la medida de prisión provisional«, mientras que la Policía elevaba el número de arrestados a 199, 30 de los cuales ingresaron en prisión provisional.
Ese cálculo de las fuentes policiales se hacía a día 21 de octubre, mientras que las protestas duraron hasta el 27. En esa semana de diferencia es posible que el número de detenidos aumentase hasta el cómputo de Òmnium, de 241 arrestados.
No obstante, entre esos detenidos no solo hubo personas arrestadas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, como se sugiere al hablar de «represaliados«: los Mossos fueron responsables de 157 de las detenciones, la Policía Nacional de 34 y la Guardia Urbana de ocho.
«Actos vandálicos» y «exceso en el uso de la fuerza»
Durante las dos semanas de protestas por la sentencia del 1-O, el Síndic reconoce que se produjeron «disturbios y actos vandálicos«, como el «lanzamiento de objetos contundentes» y «cócteles Molotov» contra la Policía, la «quema de contenedores y vehículos«, el levantamiento de «barricadas» o el «saqueo de comercios«.
Los daños en el mobiliario urbano ascendieron a 2,7 millones de euros, según las estimaciones del Ayuntamiento de Barcelona.
Preguntadas por la calificación como «represaliados» a los autores de estos actos, fuentes de Òmnium responden a EFE que así considera «a todos los identificados o detenidos en el marco de las protestas vinculadas a la causa catalana«.
Según la entidad soberanista, «se movilizaron, ejerciendo su derecho a la manifestación» para defender la autodeterminación, mientras que el Estado «quiere convertir la cuestión catalana en un problema de orden público para poder legitimar la represión«.
Por otro lado, el Síndic admite que, pese a la violencia de las protestas, hubo «desproporción de algunas actuaciones policiales» y «un exceso en el uso de la fuerza«, y pone como ejemplo que «al menos cuatro personas perdieron la visión de un ojo«.
¿Qué significa «represalia»?
La palabra «represalia» se utiliza en derecho internacional público para definir la medida coercitiva que ejerce un Estado frente a otro tras un acto ilícito.
Por tanto, al menos en términos jurídicos estrictos, «no se puede utilizar un concepto de derecho internacional para cuestiones de derecho interno«, expone a EFE el presidente del Institut de Drets Humans de Catalunya (IDHC) y profesor de Derecho Internacional Público de la Universitat de Barcelona (UB), David Bondia.
El Diccionario de la Real Academia Española define «represalia«, en su primera acepción, como «respuesta de castigo o venganza por alguna agresión u ofensa«, dándole un sentido más amplio al término que el que tenía en su definición jurídica del derecho internacional público, que mantiene como tercera acepción.
No obstante, se trata de un término con una fuerte connotación política en Cataluña y España en general, ya que fue utilizado en el siglo XX para referirse a los damnificados por la dictadura franquista tras la Guerra Civil.
Esa connotación política identifica al «represaliado» con el castigado por un Estado no democrático.
La lingüista y lexicógrafa Celia Villar, miembro de FundéuRAE, explica a EFE que en ocasiones en el mundo de la publicidad o de la política se eligen palabras más por sus connotaciones que por su semántica.
«En determinados contextos lo importante de una palabra no es su significado, sino su connotación«, señala Villar.
Al respecto agrega: «A través de la connotación se puede manipular muchas veces subliminalmente, porque la connotación es un sentido que conlleva la palabra y que hemos deducido, sin ni siquiera darnos cuenta, del contexto concreto en el que hemos visto que se utiliza».
Esas 2.850 personas, ¿pueden ser consideradas «represaliados»?
A juicio de Carlos Fernández Liesa, catedrático de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Carlos III de Madrid (UC3M), «cuando se dice que en España hay represaliados no se está aceptando que en España hay una democracia y un Estado de derecho«.
Esa premisa, agrega, se puede demostrar con criterios objetivos, ya que así lo indican las principales clasificaciones internacionales, que suelen situar a España «entre las veinte democracias más avanzadas del mundo, por encima de países como Bélgica, Francia o Estados Unidos«.
Entre otras, Fernández Liesa cita la clasificación Democracy Index de la revista The Economist; la Rule of Law Index Report que elabora World Justice Project (WJP), y la puntuación que da Freedom House.
«Si hubiera represaliados no estaría España en esos ránkings, ¿no? Un país con represaliados no es una democracia, eso es evidente«, subraya a EFE el catedrático de la UC3M, y advierte asimismo de que «no es lo mismo represaliado que condenado por infracción penal«.
Para Fernández Liesa, «represaliado es un término que forma parte de una campaña de prensa, una campaña propagandística«, y su uso «no es neutral ni técnico«.
Se inserta en «una campaña de España como estado opresor que hacen los separatistas para deslegitimar al Estado«, apostilla.
En su opinión, esa campaña «cuenta con apoyos económicos, políticos y académicos«, pero «es una falsedad, una posverdad, una mentira«.
Si en España hay gente en la cárcel o prófugos es «porque han vulnerado las leyes vigentes» y «les ha condenado un tribunal independiente e imparcial«.
IDHC: Pudo haber exceso de fuerza. «Represaliados», no.
Por su parte, el presidente del IDHC, David Bondia, coincide con Fernández Liesa en que «el trasfondo es cuestionar el Estado de derecho en el Estado español«, por eso se utiliza «un concepto de la Guerra Civil«, para hacer «ver que hay una causa contra el independentismo«.
Pero Bondia matiza: «No digo que no pueda existir, pero no contra 2.850 personas que viven realidades diferentes«.
A su juicio, «habría que analizar caso por caso y colectivo por colectivo«, sin incluir «en el mismo saco» a quien ha presentado una denuncia o a quien ha sido imputado o condenado.
«Puede haber personas que hayan sufrido algún tipo de exceso de uso de la fuerza, pero no lo llamaría represaliado. Aunque creo que es una aberración que haya políticos que estén presos«, sostiene el profesor de la UB.
Si Òmnium y Torra emplean la palabra «represaliados«, cree Bondia, es «porque la política se ha convertido en un marketing; es lo que vende y es lo que la gente compra«.
La perspectiva de Amnistía Internacional
El director de Amnistía Internacional (AI) España, Esteban Beltrán, explica a EFE que la organización no utiliza los términos «represalia» o «represaliado» porque «no sirven para definir una situación jurídica«. Solo lo ha hecho puntualmente para describir los temores de la población en países como Guinea Ecuatorial o Irán.
AI prefiere referirse a «abusos o violaciones de los derechos humanos» cuando alude a las acciones de los gobiernos, pero Beltrán ignora si Òmnium y Torra considerarían equiparable la expresión «represalia» con la de abuso o violación de derechos humanos.
«En Amnistía sí tenemos muy claro lo que son abusos o violaciones a derechos humanos en los últimos años en Cataluña«, indica Beltrán.
«En primer lugar, creemos que (Jordi) Sànchez y (Jordi) Cuixart -condenados por un delito de sedición por la ‘contribución necesaria’ de las entidades soberanistas en el ‘procés’- sí han sufrido una violación de derechos humanos, porque lo que hicieron está cubierto por la libertad de expresión y de manifestación pacífica«, apunta.
Beltrán también sostiene que «el delito de sedición tal y como está en el Código Penal y como fue interpretado por parte del Tribunal Supremo puede llevar en el futuro a violaciones de derechos humanos«, por lo que AI pide una reforma del Código Penal.
Respecto al 1-O, Beltrán expone que el exceso de fuerza empleado por los cuerpos de seguridad para reprimir las protestas supuso en algunos casos abuso o violación de derechos humanos.
Fuentes:
– Òmnium Cultural.
– David Bondia, presidente del Institut de Drets Humans de Catalunya (IDCH).
– Carlos Fernández Liesa, catedrático de la Universidad Carlos III.
– Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional España.
– Celia Villar, lingüista y lexicógrafa de FundéuRAE.
– Diccionario de la Lengua Española.
– Informe del Síndic de Greuges al Parlament 2017.
– Informe del Síndic de Greuges al Parlament 2019.
– Informaciones de EFE sobre el «procés«.