Hacienda no ha creado un nuevo impuesto por ceder una vivienda a un familiar

La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, presenta en rueda de prensa los datos del déficit público al cierre de 2024, en Madrid, el 27 de marzo de 2025. EFE/Juan Carlos Hidalgo

¿Qué verificamos?

Hacienda ha creado un impuesto para que las personas que cedan una vivienda a un familiar tributen en el IRPF por ello pagando el 1,1% o el 2% de su valor catastral.

Conclusión

Es falso. No existe ningún impuesto nuevo ni un cambio normativo por ceder la vivienda. Los propietarios ya tributan desde hace 20 años por imputación de rentas cuando se trata de segundas o sucesivas viviendas no alquiladas, estén cedidas o no.

EFE Madrid |

Hacienda no ha creado recientemente un nuevo impuesto por ceder una vivienda a un familiar y tributar en el IRPF por ello, como dan a entender algunos mensajes difundidos en redes sociales. Los propietarios tributan desde hace 20 años por imputación de rentas cuando se trata de segundas o sucesivas viviendas no alquiladas.

Publicaciones de redes sociales (X y Facebook) aseguran que el dueño de una segunda residencia o inmueble vacacional cedido gratuitamente debe pagar el 1,1% o el 2% del valor catastral en el IRPF, presentándolo como una aclaración nueva o como una obligación específica por la cesión.

«Tienen gabinetes enteros pensando cómo desplumarnos más» o «España sigue dando motivos para salir del país» son algunos de los comentarios que se leen debajo de la publicación

No se trata de un nuevo impuesto

No es cierto que Hacienda haya creado un impuesto específico por ceder una vivienda a un familiar. La obligación de tributar en estos casos deriva de la imputación de rentas prevista en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) desde hace años y se aplica a las segundas o sucesivas viviendas que no estén alquiladas, con independencia de que estén vacías o cedidas gratuitamente.

Este hecho está vigente desde la Ley 35/2006 publicada en el BOE, el artículo 85 de la Ley del IRPF regula esta imputación y establece que el propietario debe declarar como renta el 1,1% o el 2% del valor catastral del inmueble.

Esa cantidad no es un impuesto autónomo, sino un ingreso que se integra en la base imponible y tributa conforme al tipo que corresponda al contribuyente.

No es por cederla, sino por no alquilarla

El portavoz del Sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha), Carlos Cruzado, explica a EFE Verifica que “no es por tenerla cedida, es por tener una segunda o sucesivas viviendas no alquiladasy quetributan igual la tengan cedida o no”.

Además, Cruzado aclara que no ha habido ningún cambio normativo reciente en este punto y que, en el caso de cesiones a familiares hasta el tercer grado, la normativa no presume la existencia de un alquiler a valor de mercado.

«No ha habido ningún cambio. Sí que hubo una consulta de Tributos donde se recordaba esto, pero no supone ninguna novedad», indica el portavoz de técnicos de Hacienda.

EFE Verifica ya aclaró en una verificación anterior que Hacienda no considera una donación encubierta que un hijo viva gratuitamente en casa de sus padres y que, en estos casos, el propietario tributa únicamente por la imputación de rentas como si la vivienda estuviera vacía.

En conclusión, no es cierto que Hacienda haya creado un nuevo impuesto por ceder una vivienda a un familiar, esta obligación de tributar por imputación de rentas en segundas viviendas no alquiladas existe desde hace años y se aplica exista cesión gratuita o no.

Fuentes:

Carlos Cruzado, portavoz del sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha).

Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

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