Qué sabemos del desahucio de Maricarmen: el contrato, la discapacidad y las alternativas ofrecidas

Maricarmen, de 87 años, tras ser desahuciada de su vivienda en la calle Alcalde Sainz de Baranda, en Madrid. EFE/Fernando Villar.
Enlace copiado

EFE Madrid |

Maricarmen, de 87 años, fue desahuciada el 23 de septiembre de la vivienda madrileña en la que había residido desde 1956. La comisión judicial ejecutó el lanzamiento y la mujer fue trasladada al Hospital Gregorio Marañón.

El caso ha generado un gran debate público, junto a mensajes que ponen en duda su grado de discapacidad, su situación económica y las alternativas que recibió, pero para explicar lo ocurrido es necesario analizar cómo se desencadenaron el procedimiento judicial y las negociaciones para que pudiera permanecer en la casa.

La empresa que adquirió el piso, ‘Urbagestión‘, cuestionó la continuidad del contrato de renta antigua de la inquilina, e inició un procedimiento judicial que culminó con el desahucio.

Las narrativas que se han generado en internet pueden distorsionar los hechos, algunas carecen de pruebas y otras omiten contexto necesario para entender lo ocurrido. En EFE Verifica repasamos qué se sabe sobre el caso y qué cuestiones siguen pendientes de aclarar.

No vivió 25 años de manera ilegal

Maricarmen mantenía el contrato de renta antigua con el que su familia se instaló en el piso en 1956. Este subrogó a su madre tras la muerte de su padre en 1960 y, finalmente, a ella cuando esta falleció en 2005.

El problema legal se desató cuando la inmobiliaria Urbagestión adquirió el inmueble en 2018 y llevó el caso a los tribunales en marzo 2020, alegando que la segunda subrogación del alquiler de renta antigua de Maricarmen, hasta entonces en vigor y con la conformidad del anterior propietario, ya había caducado según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

La LAU de 1994 contempla estas sucesiones en el contrato, pero establece límites y excepciones según las circunstancias del beneficiario y las fechas, y no prohíbe de manera general todas las segundas subrogaciones.

La inquilina logró una primera victoria judicial, pero las apelaciones posteriores ante la Audiencia Provincial y el Tribunal Supremo otorgaron la razón a la empresa, dando luz verde definitiva al desahucio, según relata la abogada de Maricarmen, Beatriz Duro, a EFE Verifica.

Para evitar el desahucio se pusieron sobre la mesa distintas soluciones: desde la mediación del Ministerio de Vivienda para adquirir el piso hasta la oferta de una escritora anónima que se ofreció a asumir la diferencia de la renta de manera vitalicia, aunque Urbagestión rechazó esta última opción.

Según explica su abogada, la inquilina continuó pagando el alquiler y defiende que su permanencia en la vivienda era legal hasta la resolución final del Tribunal Supremo, puesto que el anterior propietario consintió aquella subrogación de renta antigua.

Por ello, es engañoso afirmar que llevaba «25 años viviendo ilegalmente», puesto que su contrato era legítimo. La disputa sobre su validez solo comenzó cuando la nueva empresa propietaria interpuso la demanda.

La discapacidad y el requisito del 65 %

El porcentaje de discapacidad exigido para prolongar el contrato hasta el fallecimiento del hijo subrogado es del 65 %, según la LAU.

La defensa alega que a Maricarmen se le reconoció oficialmente una discapacidad del 50 % en 2021, insuficiente para acogerse a esa excepción.

Por su parte, Urbagestión sostiene en un comunicado al que ha tenido acceso EFE que, cuando se produjo la segunda subrogación en 2005, la inquilina no tenía reconocido ningún grado de discapacidad ni había alegado esa circunstancia para continuar con el contrato.

Sin embargo, en su sentencia 386/2014, el Tribunal Supremo estableció que el reconocimiento podía ser posterior al fallecimiento del arrendatario, y siempre que se cumpla con la discapacidad en el grado exigido y los requisitos restantes sería válida.

Esto no permite concluir que fingiera su discapacidad, como se está dando a entender en redes con mensajes que intentan desacreditarla alegando que meses antes «iba sin silla de ruedas».

Según información de RTVE, Maricarmen «antes de su último intento de desahucio en junio, todavía podía andar», pero el pasado miércoles, en su lanzamiento, tuvo que ir en silla de ruedas.

La posibilidad de comprar el piso

Antes de la adquisición de la actual propiedad, Maricarmen tuvo la posibilidad de adquirir la vivienda por 247.000 € pero, a palabras de su abogada, en ese momento «no podía acceder a una hipoteca», alegando su avanzada edad y que no tenía familiares que le avalasen.

Urbagestión coincide en que el anterior propietario le notificó la posibilidad de adquirir la vivienda antes de venderla, pero la existencia de esa oferta no demuestra que dispusiera de las condiciones para aceptarla.

Cabe destacar que la actual empresa propietaria adquirió el piso a ese precio, muy por debajo del valor de mercado, porque existía un contrato firme de renta antigua y, según afirma Duro, la sociedad era consciente de ello.

En su primer comunicado, Urbagestión negó haber recibido una oferta de compra del Ministerio de Vivienda o Casa 47. Fuentes del Ministerio desmintieron esa versión a El País y aseguraron que ofrecieron tanto comprar la vivienda como sufragar parte del alquiler, pero la empresa dejó de responder.

¿Es Urbagestión un fondo buitre?

La expresión «fondo buitre» no existe como categoría jurídica específica. Es una denominación negativa, asociada a determinadas prácticas de inversión, y su uso no acredita por sí solo la naturaleza societaria de una empresa, según el Instituto Cervantes.

La defensa de Maricarmen emplea el término para describir lo que considera una operación especulativa, es decir, comprar una vivienda por debajo de su valor para obtener beneficios. «Para mí esa es la definición de fondo buitre», explica a EFE Verifica.

Por su parte, Urbagestión rechaza esa denominación. En sus comunicados remitidos a EFE se presenta como una «pequeña empresa madrileña» y afirma que el piso donde vivía Maricarmen es la única vivienda de su propiedad. También precisa que compró únicamente ese inmueble, no el edificio completo.

Asimismo, la empresa presentó hace dos años una querella contra el Sindicato de Inquilinas por, entre otras cuestiones, referirse a la empresa como «fondo buitre«. La compañía reclama 10.000 euros y alega delitos de coacción, revelación de secretos y derecho al honor, informó EFE.

Concentración ante el intento de desahucio de la vecina de 87 años, Maricarmen Abascal. EFE / Nahia Peciña.

La documentación disponible identifica a la propietaria como una sociedad limitada, pero no permite establecer por sí sola quién controla su capital ni si mantiene vínculos con fondos de inversión. EFE Verifica ha intentado contactar con la sociedad para resolver la duda sobre su desempeño, pero sin éxito.

La posibilidad de regresar a la vivienda

Dos días después del levantamiento y tras las protestas y la presión social que ha levantado el caso, Urbagestión ha anunciado una propuesta al Ayuntamiento de Madrid para que Maricarmen pueda regresar a la vivienda.

En un comunicado fechado el 25 de septiembre al que ha tenido acceso EFE, la empresa plantea incorporar el piso al programa municipal Reviva o a otras vías administrativas para que la anciana pueda regresar al piso mediante un alquiler social.

Su objetivo, señala, es coordinar una solución que permita a la inquilina volver con una «alternativa habitacional estable y asequible».

La empresa propietaria asegura que se pone a disposición de las competencias responsables para que la propuesta se resuelva «en el menor plazo posible», aunque afirma que «la vivienda no está en venta».

El Ayuntamiento de Madrid al momento de escribir este artículo rechazó la posibilidad de incluir el piso en el programa Reviva por no cumplir los requisitos legales, pero ofreció una mediación.

Por otro lado, la abogada confirma que Maricarmen rechazó distintas propuestas de ingreso en residencias, debido a que no era una alternativa adecuada para su clienta, que «no quería irse a una residencia».

A 25 de septiembre, la letrada señaló que Maricarmen continuaba hospitalizada y no tenía un alojamiento confirmado para después del alta.

Declara que eses antes del desahucio le ofrecieron una plaza permanente en una residencia de Alcalá de Henares. El día del lanzamiento, el Samur Social le propuso un alojamiento temporal en una residencia de Pacífico y también señala que esa misma tarde recibió otra propuesta de residencia, aunque desconoce si tenía carácter temporal o permanente.

Su única alternativa es mudarse con su primo, de casi 80 años, pero su abogada cuestiona su viabilidad debido a que vive con su mujer en Segovia en un piso de un solo dormitorio.

Asimismo, ha trasladado a EFE Verifica que son conscientes de esta nueva propuesta y que están trabajando en ello.

Fuentes:

Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

Sentencia 386/2014 del Tribunal Supremo.

Declaraciones de Beatriz Duro, abogada de Maricarmen, a EFE Verifica.

Comunicados de Urbagestión remitidos a EFE.

Información de EFE.

Información publicada por RTVE.

Instituto Cervantes.

Publicaciones en redes sociales analizadas por EFE Verifica.

tags