Madrid, 25 nov (Fernando Labrador I EFE).-

¿Qué verificamos?

No se realizarán autopsias en España hasta el 20 de junio de 2021, según una nueva ley publicada en el BOE.

Conclusión

No es cierto que no se hagan autopsias. Lo único que dicta la ley de medidas contra la covid-19 es que los informes forenses se puedan hacer sin exploración presencial «siempre que ello fuere posible», y ese no es el caso de las autopsias.

En las últimas semanas han circulado por las redes sociales en España mensajes que indican que están prohibidas las autopsias debido a las medidas de prevención por la pandemia y que lo estarán hasta el 20 de junio de 2021.

Esas publicaciones incluyen una fotografía de un artículo de una ley publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en el que se ha subrayado o encuadrado el párrafo que comienza por la fecha del 20 de junio de 2021 y que exceptúa los informes médico-forenses presenciales en la medida de lo posible.

A la imagen del BOE en las publicaciones viralizadas en Facebook (1, 2, 3) se ha adherido un texto de advertencia, «¡Hasta junio de 2021 no habrá autopsias!», repetido en minúsculas y en mayúsculas.

También en Twitter hay mensajes con la misma foto del BOE y con encabezados que lamentan la ausencia de autopsias porque desvirtúa las estadísticas de víctimas de la covid.

El artículo 16 de la Ley 3/2020

El 16 de septiembre el Congreso de los Diputados aprobó la Ley 3/2020, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al covid-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, con 290 votos a favor, 5 abstenciones y la única oposición de los 52 diputados de Vox.

El artículo 16 de esa ley es el reproducido en las fotografías de los mensajes viralizados:

Artículo 16. Exploraciones médico-forenses y de los equipos psicosociales.

Hasta el 20 de junio de 2021 inclusive, los informes médico-forenses podrán realizarse basándose únicamente en la documentación médica existente a su disposición, que podrá ser requerida a centros sanitarios o a las personas afectadas para que sea remitida por medios telemáticos, siempre que ello fuere posible.

Del mismo modo podrán actuar los equipos psicosociales de menores y familia y las unidades de valoración integral de violencia sobre la mujer.

De oficio, o a requerimiento de cualquiera de las partes o del facultativo encargado, el juez podrá acordar que la exploración se realice de forma presencial.

Pese a que ese artículo es mostrado tal cual en las publicaciones viralizadas, no es cierto lo que apuntan los textos previos que lo resumen, ya que ni se refiere únicamente a las autopsias, ni establece ninguna prohibición.

El texto legal ofrece la posibilidad de exploraciones telemáticas para otro tipo de informes forenses, en los que no se incluyen las autopsias, ya que estas solo son posibles de forma presencial, explican los expertos consultados por Efe.

La autopsia no es la única exploración forense

Los institutos de medicina legal practican diversas actividades periciales y las autopsias son solo un tipo de ellas.

Pedro Manuel Garamendi, médico forense del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Huelva, indica a Efe que realizan también análisis de laboratorio de restos biológicos o reconocimientos médicos de personas inmersas en una causa judicial, incluidas exploraciones psiquiátricas y entrevistas.

«Practicamos autopsias de fallecidos, sí, pero también múltiples exploraciones médicas de personas vivas«, indica Garamendi, y añade: «La norma no se refiere específicamente a las autopsias, sino que, al contrario, se refiere más bien al resto de actividades sobre personas vivas«.

Aunque al hablar de exploraciones forenses es habitual pensar en las autopsias, por sus referencias mediáticas y cinematográficas, lo cierto es que la labor de los médicos que se dedican a esta especialidad «se parece bastante más a una consulta médica al uso«, según explica a Efe el gabinete pericial Perito Judicial Group.

«Un ejemplo de exploración forense es la que se realiza a las víctimas de una presunta agresión sexual en las horas posteriores a la denuncia para tomar muestras de fluidos y elaborar un informe médico-forense que pueda ser posteriormente utilizado como medio de prueba«, añade una portavoz del grupo Perito Judicial.

Garamendi ofrece otros ejemplos, como las exploraciones psiquiátricas a acusados por agresiones u homicidios, para poder valorar su imputabilidad, o las valoraciones de consumidores de drogas que actúan bajo sus efectos o para procurárselas.

El forense de Huelva enumera más casos de su trabajo, como las exploraciones psiquiátricas a internos de centros de salud mental o a los incapacitados legalmente, y las exploraciones físicas y entrevistas a personas que han sufrido lesiones o accidentes, incluidas las valoraciones de capacidad laboral por reclamaciones a la Seguridad Social.

Un informe de autopsia sí requiere de autopsia

El presidente de la Asociación Nacional de Médicos Forenses (ANMF), Enrique Fernández, apunta a Efe que «la norma expresa que -los informes se hagan sin exploración presencial-‘siempre que ello fuera posible», al final de la primera frase de ese artículo 16.

«Está claro que el informe de autopsia precisa, necesariamente, de la realización previa de la misma«, subraya el presidente de la ANMF.

En el mismo sentido, Perito Judicial señala que «el artículo 16 de la Ley 3/2020 sólo intenta reducir la necesidad de presencialidad para la realización de los informes médico-forenses, en ningún caso de las autopsias, que no se nombran en la ley«.

Este grupo pericial opina, por ello, que «las interpretaciones de este artículo que se pueden encontrar por diversas redes sociales y foros de internet afirmando que en España se han prohibido las autopsias para cubrir las defunciones por coronavirus son absolutamente ridículas«.

La norma no prohíbe las exploraciones, sino que deja al criterio del médico que redacta el informe si necesita una exploración presencial, expone este gabinete pericial, que subraya: «Por descontado, las autopsias no están prohibidas, y desde luego por su propia naturaleza no se trata de exámenes que se puedan realizar sin la presencia física del cadáver a examinar«.

¿Se siguen haciendo autopsias?

Fernández indica que los forenses tienen «una normativa específica para la práctica de la autopsia en la situación actual«, para minimizar los riesgos de contagio de coronavirus, ya que las autopsias no han dejado de realizarse en España.

Garamendi señala que en algunos institutos de medicina legal «se sigue trabajando con práctica normalidad«, pues «la mayoría de pacientes se siguen explorando y entrevistando en persona«. Eso sí, «en salas con aforo limitado y con mascarillas, guantes, medidas de limpieza de manos y barreras de metacrilato transparente«.

«Solo en casos simples en los que valorando informes de urgencias médicas se puede prever que el estado del lesionado es leve se evita la exploración en persona«, informa.

No obstante, siempre se hacen de forma presencial en casos complejos, como los de «violencia de género, internamientos psiquiátricos u homicidios«.

De forma similar ha ocurrido con las autopsias, según señala el forense de Huelva. Así, en los institutos con buenas condiciones de seguridad y disponibilidad de pruebas PCR, «se han seguido practicando autopsias de forma casi normal», mientras en otros «las autopsias completas se han limitado a casos en los que la ausencia de infección ha sido clara«.

¿Se hacen más autopsias?

Desde Perito Judicial indican que «el trabajo forense no ha descendido» desde que comenzó la pandemia: «El número de informes es el mismo, lo único que se hacen son más informes a la vista y menos reconocimientos«.

«El número de autopsias sí que ha descendido; desde comienzos de la pandemia, en las muertes claramente naturales, cuando los médicos de cabecera no firman el certificado de defunción, hay autorización para realizar Dictamen Médico Forense: se lo comunican al juez y se evita hacer la autopsia«, explica Perito Judicial Group, que agrega: «Y por supuesto, en las muertes con antecedentes de sintomatología covid-19, se hace Dictamen y no se hace autopsia«.

Garamendi informa de que durante el confinamiento de marzo «el número de casos que se pasaron desde los juzgados a los institutos descendió lógicamente al disminuir la actividad de los juzgados«.

«Al retomar su actividad, se recuperó el volumen de casos y no existen, hasta donde tengo información, cambios significativos frente a los de 2019«, añade.

El doctor Garamendi ve una situación similar en cuanto a las autopsias: «El número de casos de cadáveres sometidos a investigación judicial no ha descendido o aumentado significativamente ni durante el confinamiento ni hasta ahora«.

Fuentes:

Enrique Fernández, presidente de la Asociación Nacional de Médicos Forenses (ANMF).

Pedro Manuel Garamendi, médico forense del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Huelva.

Equipo de especialistas en medicina forense de Perito Judicial Group.

BOE del 19 de septiembre de 2020.

«Las cortes avalan con amplia mayoría medidas para la justicia ante la covid», EFE, 16 de septiembre.