En España está prohibido cobrar por acceder a una playa

Numerosos jóvenes participan en el tradicional torneo de voley playa de la Semana Grande de San Sebastián. EFE/Javier Etxezarreta.

¿Qué verificamos?

Un usuario denuncia en un vídeo que le han cobrado por entrar a la playa española, una práctica que probablemente se extienda a otros puntos del país.

Conclusión

En España está prohibido por ley cobrar entrada a las playas; el usuario del vídeo viral ha tenido que pagar por el aparcamiento.

EFE Madrid |

En España está prohibido cobrar el acceso a las playas, ya que todas las del territorio español son públicas por ley, a pesar de que un usuario en un vídeo viral ha denunciado esta práctica.

Mensajes en redes sociales como Instagram y X aseguran que algunas playas españolas están empezando a cobrar el acceso y pronostican que este hecho pronto se extenderá al resto de espacios de costa del país.

Estas publicaciones adjuntan el vídeo de un usuario que muestra un ticket de seis euros que supuestamente es el precio por acceder a una playa del Cabo de Gata (Almería).

Un bien de dominio público

La legislación española establece que las playas son de dominio público estatal, por lo que está prohibido cobrar por el acceso a estos espacios. De hecho, el vídeo viral solo muestra a un usaurio que ha tenido que pagar por aparcar su coche en el entorno del litoral.

La Constitución española estipula en su artículo 132.2 que las playas son de dominio público estatal.

Por su parte, en línea con lo que establece la carta magna española, la Ley de Costas, de 1988, afirma que «las playas no serán de uso privado» y que su uso será «libre, público y gratuito» para pasear, estar y bañarse.

Por otro lado, el usuario que aparece en el vídeo viralizado en redes sociales no ha pagado por el acceso a una playa del Cabo de Gata, sino por aparcar su coche en el entorno del litoral, tal y como demuestra el ticket que él muestra a cámara, una medida que no entra en conflicto con la legislación española.

En conclusión, no es cierto que haya playas en las que hay que pagar el acceso, estas son bienes de dominio público y gratuitos, lo que está permitida es cobrar por el aparcamiento.

Fuentes:

La Constitución española.

El Reglamento General de Costas

La Ley 22/1988, del 28 de julio.

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