
Sara Daniela Florian y Jairo Sarmiento
EFE Bogotá |
La captura del ‘influencer’ mexicano Samuel Adrián, director del documental «Colombia: Fábrica de niños trans», ha suscitado la proliferación de desinformación durante las últimas semanas; desde mensajes que tergiversan la sentencia judicial que ordenó su arresto hasta información engañosa sobre las cirugías de transición de género en menores de edad.
El pasado miércoles Adrián fue liberado después de haber sido arrestado el pasado 13 de septiembre en el Aeropuerto El Dorado de Bogotá, en cumplimiento de una orden judicial emitida por un juzgado de Cali. Este tribunal ordenó su captura después de que el influencer desobedeciera un fallo judicial que le ordenaba eliminar del documental grabaciones del médico Mario Angulo Mosquera.
En «Colombia: Fábrica de niños trans» aparecen Angulo y las instalaciones de la Clínica Valle del Lili, en Cali, filmados con una cámara oculta, junto a acusaciones de promover cirugías de transición de género en menores de edad. Estas imágenes fueron publicadas sin autorización de Angulo.
Una decisión judicial tergiversada
Tras el arresto, en redes sociales como X y Facebook empezaron a circular mensajes en los que se afirmaba falsamente que el arresto obedeció a que el creador expuso «una red de maltrato infantil» en Colombia y se negó a silenciar las denuncias publicadas en el documental.
No obstante, estos mensajes omiten el hecho de que Adrián desacató una orden judicial previa por negarse a retirar de sus cuentas unas imágenes grabadas sin el consentimiento de Angulo. El fallo no ordenaba eliminar el documental completo ni las denuncias que allí realizaba.
En Colombia la publicación de videos sin autorización de una persona, cuando estos exponen datos personales o incurren en daño a la honra o el buen nombre de esta están penalizados por la ley, según lo estipulan el artículo 15 de la Constitución Política de Colombia y la Ley 1581 de 2012, que indica en el Artículo 5 que los datos biométricos son datos sensibles.
Amparado en este marco legislativo, Angulo interpuso una acción de tutela el 3 de diciembre de 2025, un mecanismo legal que protege los derechos fundamentales, como el derecho al buen nombre y la honra.

El juzgado decretó que las imágenes que exponen la identidad del médico y la información del centro médico, debían ser eliminadas del documental y de toda plataforma donde el influencer las hubiese publicado.
Al no cumplirse, se comenzó el proceso de acusación de desacato, que culminó con una orden de arresto por diez días y una multa de quince salarios mínimos mensuales legales vigentes, según informó el mismo Adrián el pasado 28 de mayo en un video subido a su canal de YouTube.
El pasado 17 de mayo Adrián publicó en YouTube una versión del documental en la que se ve difuminado el rostro de Mario Angulo. No obstante, aún existen publicaciones en las plataformas del influencer en las que se ve el rostro del doctor ( 1, 2), en contravía al fallo emitido el 15 de diciembre de 2025.
Casos aislados, no una práctica generalizada
A raíz de la captura se han viralizado publicaciones (1, 2) que denuncian «una promoción activa y un lobby estratégico» para realizar «mutilaciones infantiles», en referencia a cirugías de transición de género en menores de edad. Según estos mensajes, en Colombia se realizan indiscriminadamente este tipo de cirugías en niños y niñas.
Esta afirmación es la premisa central del documental que relata la historia de ‘Laura’, una mujer que se sometió a un proceso de transición de género en la Clínica de Género del hospital Valle del Lili a sus 15 años.
En el documental, ‘Laura’ denuncia al centro médico y a Angulo por irregularidades durante este proceso, que van desde medicación que no quedó registrada en su historia clínica hasta la realización de una mastectomía, de la cual dice no haber estado segura de realizarse.
Esta denuncia también fue replicada por el periódico El Heraldo y el informativo Noticias Caracol, que reportaron que la familia de la joven habría comenzado un proceso legal en contra del centro médico el año pasado.
No obstante, los datos y las guías de procedimientos clínicos en Colombia evidencian que se trata de un caso excepcional y no de una práctica generalizada en el país.
Según el Ministerio de Salud, entre 2015 y 2025 solamente se registró una cirugía irreversible a un menor de edad, como se evidencia en respuesta a un Derecho de Petición radicado por el congresista Mauricio Lizcano. Estos datos fueron corroborados por el Ministerio de Salud a EFE Verifica.
Respecto al caso mencionado en este documento no se conocen mayores detalles. De hecho, el diario El Espectador aclaró que al no tener acceso a la historia clínica del paciente, no se puede determinar qué tipo de cirugía fue.
Las guías clínicas en Colombia
Según reza la respuesta del Ministerio de Salud, las cirugías de afirmación genital irreversibles están reservadas exclusivamente para mayores de edad.
Así lo indica la Guía de Práctica Clínica (GPC), el manual de procedimientos para el actuar médico en Colombia, que señala que las cirugías de transición de género irreversibles son exclusivas para pacientes mayores de edad.
De acuerdo con el documento, existe la posibilidad de evaluar excepciones específicas antes de los 18 años, en cuyo caso deben estar acompañadas de una mesa interdisciplinar, que incluye especialistas en salud mental, y contar con los consentimientos de los guardianes legales del menor. No obstante, es explícito al afirmar que se trata de casos excepcionales.
Este documento también establece las recomendaciones para el tratamiento de personas trans menores de edad. Como que, durante la prepubertad, únicamente se realiza un acompañamiento de transición social, el uso de bloqueadores de pubertad solo se puede realizar cuando el paciente presenta signos específicos de pubertad y dependiendo del caso, se puede iniciar un tratamiento de hormonas cruzadas a los 16 años.
Fuentes
Guía de Práctica Clínica (GPC) basada en la evidencia científica para la atención integral en salud y afirmación de género de personas trans.
Videos subidos por Samuel Adrián ( 1, 2).
Documental «Colombia: fábrica de niños trans».
Artículo 15 de la Constitución Política de Colombia.
Ley 1581 de 2012.
Publicación en X del Congresista Mauricio Toro.
Reportajes El Espectador ( 1, 2).
Proyecto de Ley 211 de 2026.
Artículo El Heraldo.
Reportaje Noticias Caracol.



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